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Ampliar la potencia contratada: cuándo hace falta de verdad y cuándo no soluciona nada

Cuando salta la luz, el primer impulso es contratar más kilovatios. A veces acierta; bastantes veces se paga más cada mes sin arreglar el problema. Aquí aprendes a distinguirlo.

Por Equipo AM Instalaciones · 11 de septiembre de 2026 · 7 min de lectura

La escena es siempre parecida: pones el horno, alguien enchufa la vitro, arranca la lavadora y toda la casa se queda a oscuras. El primer impulso es llamar a la comercializadora y contratar más kilovatios. A veces es la respuesta correcta. Bastantes veces no lo es, y acabas pagando más cada mes sin haber resuelto el problema.

Este artículo es para que sepas distinguir un caso del otro antes de tomar la decisión, porque quien te vende la potencia no suele ser quien mira tu instalación.

Primero: ¿te falta potencia o tienes un problema de cuadro?

Son cosas distintas y se diagnostican mirando qué salta exactamente. Ábrelo la próxima vez que ocurra:

  • Salta el ICP o el interruptor general y se va toda la casa cuando sumas varios aparatos grandes a la vez. Ese es el síntoma real de falta de potencia contratada.
  • Salta solo un magnetotérmico y el resto de la casa sigue con luz. No te falta potencia: ese circuito concreto está sobrecargado, normalmente porque cuelgan de él más cosas de las que debería.
  • Salta el diferencial. Eso no tiene nada que ver con la potencia: hay una fuga a tierra en algún aparato o en la instalación, y ampliar kilovatios no lo va a arreglar.

El caso que más nos encontramos es el segundo, y es justo el que la comercializadora no puede detectar por teléfono. En viviendas anteriores a los años ochenta —que en Barcelona son ocho de cada diez— es habitual que la cocina, el horno y media casa cuelguen del mismo circuito. Ahí puedes subir la potencia todo lo que quieras: seguirá saltando, y además pagarás más cada mes. Lo tratamos a fondo en el artículo sobre cuándo hay que cambiar el cuadro eléctrico.

Qué significa cada cosa que salta, y los dos periodos en los que puedes contratar potencias distintas. Desliza o toca el diagrama para verlo a tamaño completo.

El truco que casi nadie aprovecha: puedes contratar dos potencias

Desde la entrada en vigor de la tarifa 2.0TD, la que tienen prácticamente todas las viviendas con hasta 10 kW, la potencia se contrata en dos periodos distintos y puedes ponerles valores diferentes:

  • Punta: de lunes a viernes, de 12:00 a 22:00.
  • Valle: el resto de horas de lunes a viernes, más los sábados, domingos y festivos completos.

Mucha gente no sabe que puede contratar, por ejemplo, 4,6 kW en punta y 6,9 kW en valle. Y esa diferencia importa, porque la potencia se paga todos los meses la uses o no.

Es especialmente útil si tu consumo fuerte es nocturno: si programas la lavadora, el lavavajillas o el termo de madrugada, o si cargas el coche eléctrico por la noche, puedes ampliar solo el periodo valle y dejar el de punta como está. Pagas bastante menos que subiendo los dos.

Cuánta potencia necesitas de verdad

Esto no se estima a ojo: el REBT lo tiene tabulado. Su instrucción ITC-BT-25 define dos grados de electrificación y asigna a cada circuito una potencia prevista:

  • Grado básico: los cinco circuitos mínimos de cualquier vivienda — iluminación (200 W), tomas de uso general y frigorífico (3.450 W), cocina y horno (5.400 W), lavadora, lavavajillas y termo (3.450 W), y baño y cocina (3.450 W).
  • Grado elevado: añade circuitos independientes para calefacción eléctrica (hasta 5.750 W), aire acondicionado (hasta 5.750 W), secadora (3.450 W), automatización y, desde hace unos años, el circuito C13 dedicado a la recarga de vehículo eléctrico.

Esas cifras no significan que necesites sumarlas todas: existen factores de simultaneidad, porque nadie enciende a la vez el horno, la vitro, la secadora y el aire acondicionado. Pero sí marcan el orden de magnitud, y explican por qué una vivienda que hace treinta años iba sobrada con 3,45 kW hoy se queda corta: hemos ido añadiendo equipos sin tocar la base.

¿Hace falta boletín eléctrico para subir la potencia?

Depende, y es la pregunta que más nos hacen. La regla práctica:

  • Sí lo necesitas si la potencia nueva supera la que figura en tu boletín actual. El boletín fija un techo, y para pasar de ahí hay que emitir uno nuevo.
  • Sí, muy probablemente, si tu boletín tiene más de veinte años. Las distribuidoras suelen exigir uno actualizado en ese caso.
  • No lo necesitas si te mantienes por debajo del techo de un boletín reciente y en vigor.

El problema habitual es que mucha gente no sabe si tiene boletín ni qué potencia pone. Si es tu caso, es lo primero que conviene averiguar, porque condiciona todo lo demás. Nosotros lo comprobamos y, si hace falta, tramitamos el boletín.

Qué cuesta el trámite (lo que cobra la distribuidora, no nosotros)

Aquí sí podemos darte cifras, porque no son nuestras: son peajes regulados, iguales para todo el mundo y fijados por normativa. Al subir potencia se pagan tres conceptos:

  • Derechos de acceso: unos 19,70 € por cada kW ampliado.
  • Derechos de extensión: unos 17,37 € por cada kW ampliado.
  • Derechos de enganche: unos 9,04 €, importe fijo.

Dos matices importantes. El primero es que solo se paga por los kilovatios que amplías, no por el total contratado. El segundo, que estos importes no te los cobra tu electricista ni tu comercializadora: aparecen en la siguiente factura de la luz. Si alguien te pide dinero aparte por "gestionar el cambio de potencia" con la distribuidora, desconfía.

Con contador digital, que ya es lo normal, el cambio suele aplicarse en uno o dos días laborables.

Cuidado: normalmente solo puedes cambiarla una vez al año

La normativa establece que la potencia contratada solo puede modificarse una vez cada doce meses. En la práctica algunas distribuidoras son más flexibles, pero no conviene contar con ello.

La consecuencia práctica es clara: conviene acertar a la primera. Subir dos kilovatios y descubrir a los dos meses que necesitabas tres puede dejarte esperando un año entero. Por eso merece la pena hacer el cálculo bien antes, en lugar de ir probando.

El orden que recomendamos

  1. Observar qué salta exactamente cuando se va la luz. Ya sabes distinguirlo.
  2. Revisar la instalación: si el problema es el reparto de circuitos, más potencia no lo resuelve.
  3. Calcular la potencia real que necesitas, y en qué periodo la necesitas.
  4. Comprobar el boletín: si existe, si está vigente y qué techo marca.
  5. Adecuar y tramitar lo que haga falta, y solo entonces pedir el cambio a la comercializadora.

En qué te podemos ayudar

Los pasos 2, 3 y 4 son exactamente nuestro trabajo. Revisamos el cuadro eléctrico y el reparto de circuitos, calculamos la potencia que de verdad necesita tu vivienda o tu local, comprobamos el estado del boletín y lo tramitamos si hace falta. El cambio con la comercializadora lo pides tú, y es gratis.

Lo hacemos en Barcelona, Badalona, Sabadell, Terrassa, Sant Cugat del Vallès y Mollet del Vallès. Si no tienes claro si te falta potencia o te falta cuadro, esa es justo la visita que merece la pena hacer antes de pagar nada.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la potencia contratada

Fíjate en qué salta. Si salta el ICP o el interruptor general y se va toda la casa al juntar varios aparatos grandes, es falta de potencia contratada. Si salta solo un magnetotérmico y el resto sigue con luz, ese circuito está sobrecargado y ampliar potencia no lo arreglará. Si salta el diferencial, hay una fuga a tierra y es otro problema distinto.

Sí. En la tarifa 2.0TD, que es la de prácticamente todas las viviendas de hasta 10 kW, hay dos periodos de potencia: punta (de lunes a viernes de 12:00 a 22:00) y valle (el resto de horas, más sábados, domingos y festivos completos). Puedes contratar un valor distinto en cada uno, algo muy útil si tu consumo fuerte es nocturno.

Lo necesitas si la potencia nueva supera la que figura en tu boletín actual, ya que ese documento marca un techo. También es muy probable que te lo pidan si tu boletín tiene más de veinte años. Si te mantienes por debajo del techo de un boletín reciente y en vigor, no hace falta.

Son peajes regulados, iguales para todos: unos 19,70 € por kW ampliado en derechos de acceso, unos 17,37 € por kW en derechos de extensión y unos 9,04 € fijos de enganche. Solo se paga por los kilovatios que amplías, no por el total, y aparecen en la siguiente factura de la luz. Nadie debería cobrarte aparte por gestionar el trámite.

Como norma general, una vez cada doce meses. Algunas distribuidoras son más flexibles en la práctica, pero no conviene contar con ello: por eso merece la pena calcular bien la potencia antes de pedir el cambio y no ir probando.

Es uno de los motivos más habituales para ampliar potencia hoy. La ITC-BT-52 exige además un circuito exclusivo y protecciones específicas, así que conviene revisar las dos cosas a la vez. Lo explicamos en detalle en nuestra guía sobre puntos de recarga en garaje comunitario.

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